jueves, 24 de julio de 2014

LAS COMISIONES POR PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO


El Consejo de Ministros ha aprobado, dentro de la batería de medidas para reactivar la economía incluidas en el Real Decreto 8/2014, de 4 de julio, la reducción de las tasas que los bancos cobran a los comercios por el uso del dinero plástico en los terminales punto de venta (TPV).
En las transacciones con tarjetas de crédito no podrán superar el 0,3% del valor y el 0,2% en las de débito.
¿Qué son las tasas de intercambio?
La tasas de intercambio son abonadas por el banco del comercio (y por lo tanto por el propio comerciante), al banco emisor del titular de la tarjeta por las ventajas que el comerciante obtiene al aceptar pagos electrónicos.
En España, actualmente, estas comisiones rondan el 0,8% del importe de la compra, así que los límites fijados servirán para reducir casi a un tercio el coste que soportan comercios y autónomos.
Atención. Además de esta tasa, el banco emisor de la tarjeta suele cobrar a su cliente, titular de la tarjeta, otras comisiones por emisión, renovación y tenencia de la misma; por retirada de efectivo en cajeros automáticos y ventanillas; por consulta de saldos y movimientos, etc. La normativa española da libertad a las entidades para fijar las comisiones. No obstante, cada entidad debe incluirlas en los contratos que suscriba con sus clientes y tiene que comunicar con carácter previo a su aplicación e individualmente a cada cliente cualquier modificación.
¿En qué consiste la medida que ha aprobado el Gobierno?
Pese a que estas tasas no se cobran directamente al consumidor, sino al comerciante, el afectado final es el consumidor puesto que se le repercuten en el precio del producto. Por ello, la Comisión Europea ha puesto en marcha una propuesta de Reglamento sobre las tasas de intercambio para operaciones de pago basadas en una tarjeta, cuyo objetivo consiste en regular y limitar las tasas de intercambio y complementar de este modo el marco normativo vigente en el ámbito de los servicios de pago en la Unión Europea, para la consecución de un auténtico mercado interior de pagos. Y el Gobierno español, atendiendo a la delicada situación del sector comercial en nuestro país, ha considerado necesario adelantar la adopción de estas medidas en España, para garantizar la existencia de unos pagos electrónicos seguros, eficientes, competitivos e innovadores que dinamicen el consumo.
Adelantándose al proyecto de reglamento que se está tramitando en la Unión Europea, las limitaciones a las tasas de intercambio se aplicarán en nuestro país a partir del 1 de septiembre de 2014
En concreto, las comisiones de las tarjetas de crédito tendrán un límite del 0,3% sobre el valor de la transacción y las de débito del 0,2%, después de adelantar el nuevo reglamento relativo a las tasas de intercambio aplicables en las operaciones de pago con tarjeta de la Unión Europea.
Atención. Para pagos inferiores a 20 euros se establece un umbral máximo de 0,1% en tarjetas de débito y del 0,2% en tarjetas de crédito. Adicionalmente, para los pagos con tarjetas de débito, el nivel máximo de la tasa será, en todo caso, de 7 céntimos de euro, que aplicará, por tanto, para todos los pagos de importe superior a 35 euros
¿Repercutirá esta medida en el consumidor?
Según estimó el secretario de Estado de Comercio, Jaime García-Legaz, el pasado septiembre, la medida supondría un ahorro de 6.000 millones de euros para el consumidor.
De cara a trasladar de inmediato este beneficio a los clientes finales (ordenantes de los pagos), se prohíbe expresamente que las empresas beneficiarias del pago trasladen cualquier tipo de gasto o cuotas adicionales por la utilización de la tarjeta de débito o de crédito.
Por el contrario, algunas asociaciones de usuarios bancarios, han advertido del peligro existente de que la banca compense la reducción de ingresos que esta medida supondrá mediante el incremento de las comisiones y costes que pagan los usuarios por la tenencia y uso de tarjetas de crédito y débito.
Según sostienen, esto ya sucedió en el año 2005, cuando el Ministerio de Industria acordó reducir las tasas de intercambio progresivamente, reducción que tuvo los efectos opuestos sobre los consumidores, que vieron aumentar más de un 50% el coste de sus tarjetas sin que el comercio les trasladase ningún ahorro.  Esta experiencia puso de manifiesto que la medida no sólo no beneficiaba a los consumidores (que no experimentaron ninguna reducción de precios por parte del comercio), sino que por el contrario sufrieron un incremento de las comisiones aplicadas por la banca a la tenencia y uso de tarjetas a modo de estrategia para compensar la reducción de ingresos que el sector afrontó con la reducción de los costes que aplicaba a los comerciantes
Atención.Los proveedores de servicios de pago deberán informar al Banco de España de las tasas de descuento y de intercambio efectivamente aplicadas a los servicios de pago en operaciones con tarjeta más habitualmente prestados. Esta información se publicará en la web del Banco de España y permitirá el adecuado seguimiento de los efectos de esta norma y de la evolución general de los costes en este tipo de pagos.
España se adelanta a un proyecto de Reglamento de la Comisión Europea, aún no aprobado, para limitar las llamadas tasas de intercambio aplicables a los pagos realizados con tarjetas. Se supone que la limitación de esta tasa tendrá un efecto beneficioso para el comercio minorista, que verá reducido su coste en las transacciones con tarjetas. Y se espera que esta reducción de costes se traslade al consumidor y sirva como medida para incentivar el consumo.
Sin embargo, hay quien tacha la medida de precipitada (pues, si finalmente el Reglamento Europeo no se llegara a aprobar, España tendría que rectificar) e incompleta (pues, limita las tasas pero no las demás comisiones que aplican los bancos a los pagos con tarjeta por lo que se teme que se trate de compensar la reducción de ingresos que esta medida supondrá, mediante el incremento de las comisiones y costes que pagan los usuarios por la tenencia y uso de tarjetas de crédito y débito).

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