viernes, 11 de octubre de 2019

NECESIDAD DE LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA




En 1973 se creó el Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario en el que se refunde el Servicio de Concentración y el Instituto de colonización y a su vez se promulga la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario (LRYDA), que en su Título VI contiene el procedimiento de concentración parcelaria. Con dicha Ley se realizaron gran número de concentraciones y posteriormente, a medida que las Comunidades Autónomas van adquiriendo competencias, algunas promulgaron leyes sobre esta materia, pero en términos generales son muy similares a la mencionada LRYDA, ya que es difícil realizar el procedimiento de otro modo.

Cuando nos referimos a la concentración parcelaria, se habla de rentabilizar las explotaciones agrarias, mediante la reordenación de territorio y la redistribución de la propiedad. Visto así todo son ventajas.
Efectivamente el progreso en el campo y su explotación no se lleva bien con la división y la fragmentación de tierras y propiedades. Si se pretende una mayor rentabilidad de las tierras, una mayor producción con menor coste y menor gasto, es evidente que habría que desterrar la histórica fragmentación de terrenos producidos a lo largo del tiempo principalmente por particiones por herencias de varias generaciones, que han sido una dificultad e impedimento para el crecimiento de las explotaciones agrarias, la utilización de maquinaria y un excelente aprovechamiento de la superficie.
Seguramente todos recordamos cuándo se empezó a trabajar en el empeño de hacer esa concentración parcelaria en Sisante, que despertó incredulidad para muchos que no lo veían viable, ni tampoco podían aceptar que aquella viña u olivar que fue de su padre o abuelo, cayera ahora en manos de otro que no había dejado allí el sudor de su frente, como se temía que no fuera, esa concentración y posterior reparto, de equidad, en donde todos salieran ganando y nadie perdiera, un final increíble y harto difícil. Y también, por qué no decirlo, despertó en otros la posibilidad de aunar sus pedazos en una o dos grandes parcela, que hubieran facilitado su explotación, su venta, o su alquiler. Pero todo quedó en agua de borrajas a juzgar por los resultados.
Seguramente después también, pasado el tiempo sin haber prosperado aquel empeño por unir tierras que facilitaran las tareas agrícolas, más de uno habrá comprobado, aunque se opusiera en su momento, que lo que se pretendía hubiera sido beneficioso para el pueblo. Y es que, con los procesos de concentración parcelaria se pretende conseguir una ordenación de la superficie agraria que permita un uso adaptado a las necesidades agrícolas y forestales de cada zona.
En Sisante se pierde el tiempo en traslados y desplazamientos a las distintas tierras, en el transporte de maquinaria y aparejos y el dinero en gasoil y, respecto al agua, tampoco es factible con una sola toma abastecer de agua las distintas tierras dispersas, amén de otros inconvenientes, de recogida, siembra, siega, vendimia, etc., que son conocidos por cualquier agricultor.
El por qué no fue posible la concentración en un pueblo como el nuestro, en donde las parcelas son cada vez más pequeñas y algunas en desuso por no rentables, ahí queda en las mentes de quienes no lo facilitaron o no lo hicieron posible. No me voy a meter en este tema, aunque, supongo que las propiedades se hubieran revalorizado, lo que precisamente no hubiera facilitado la compraventa de las pequeñas tierras que ahora se comercializan a bajo coste. Tal vez es más interesante que esas minúsculas tierras sigan no siendo rentables y mantengan su precio bajo para quienes van formando sus grandes predios, como si fuera una concentración parcelaria privada.
No obstante, cuesta creer que pueda alguien negarse a los beneficios que conlleva la concentración, en donde, como decíamos al principio, todo son ventajas, porque con el incremento del tamaño de una explotación se optimizan los recursos de la misma y se obtiene una racionalización del capital, utensilios y fuerza de trabajo. Pero sin duda debió haber quienes se opusieron y dificultaron que se llevara a cabo la concentración, y ha de ser así porque no quedó constancia que hubieran surgido dificultades técnicas en la elaboración del proyecto, ni que fuera la distinta orografía o los distintos cultivos del término municipal los que impidieran hacerla. Ha habido otros pueblos de peor orografía y de mayor diversificación de cultivos que hoy están encantados de haber echo en su día la concentración. Algunos de esos pueblos son limítrofes con el nuestro.
Pero ya no se trata de lamentarse de algo que no llegó a ser, sino de tomar nota del gran error que, consciente o inconscientemente, se cometió y no hubo la suficiente concentración, esta vez de personas implicadas, que dejando fuera del procedimiento a los opositores, defendieran la concentración parcelaria como algo vital para el pueblo y sus agricultores. Recuerdo el empeño y el coraje que aunó a los habitantes de  este pueblo para defender la cobertura sanitaria, pues ese mismo espíritu debió imperar en defensa de la concentración.

Decíamos que todo son beneficios, pero en honor a la verdad también hay perjuicios. Ambos los expongo a continuación:
Beneficios:
-Saneamiento de la propiedad , mediante la identificación, titulación y registro de la propiedad rústica, reduciendo con ello la litigiosidad sobre los predios y simplificando la tramitación de las ayudas relacionadas con la agricultura y ganadería, petición de subvenciones, tramitación de cualquier incidencia legal, etc.
-Mejora el aprovechamiento y la rentabilidad, al reducir el número de fincas y aumentar su superficie y al aumentar la dimensión media de las mismas, la puesta en valor de zonas marginales, las mejores formas geométricas derivadas de la nueva red de caminos y el agrupamiento de los lotes por explotaciones.
Hay que decir que las obras propias a la concentración parcelaria (red de caminos, red de saneamiento, restauración del medio natural, etc.) están consideradas de interés general y son sufragadas íntegramente con cargo a los presupuestos de las Comunidades Autónomas, es decir, son totalmente gratuitas para los propietarios y conllevan una mejora general de las infraestructuras mediante el diseño de una red de caminos con anchura y características adecuadas a los medios de producción de una explotación moderna, favoreciendo el drenaje de las fincas y dotando a todas las fincas de reemplazo de acceso directo a camino eliminando las servidumbres de paso, salvo casos excepcionales.
-Aumento de la vida útil de la maquinaria, sobre la base de una menor necesidad de transporte debido a la mejora de caminos y a la disminución en el número de maniobras al presentar las nuevas fincas una mayor dimensión y mejor trazado.
-Un uso más racional del agua. La nueva ordenación del territorio y las infraestructuras generadas favorece la instalación de nuevos sistemas de riego.
Hay una serie de actuaciones para corregir problemas vinculados a la concentración de actuaciones de restauración medioambiental, como: la revegetación de arroyos, restauración de canteras, creación de espacios arbolados, recuperación de fuentes y abrevaderos, creación de zonas de esparcimiento, etc.
Prejuicios:
Respecto al costo económico, el proceso es muy largo, de unos 10 años desde el inicio hasta la toma de posesión y la entrega de las escrituras. Además, este tiempo supone una cierta paralización en la explotación agrícola de la zona.
Costo medioambiental, con la desaparición de márgenes, ribazos y espacios perdidos, que va en contra de la flora y fauna que en ellos habita. Además, el mayor rendimiento que se obtiene una vez se finaliza el proceso con frecuencia se debe a un mayor uso de productos químicos, motivo por el que la concentración parcelaria entra dentro de los anexos de la ley de evaluación de impacto ambientales. Los efectos son de gran alcance, por el resultado de una concentración poco sensible es un desmonte general de las lindes, una parcelación diseñada con criterios análogos a los de un polígono industrial, y la generalización de las alambradas como procedimiento universal de cierre.
Con posterioridad se producen actuaciones en cascada tendentes a mejorar los drenajes de las tierras, eliminar obstáculos que dificulten la mecanización y el cultivo de las parcelas y allanar los accesos a las fincas.
A la vista del tiempo que conlleva este procedimiento de parcelación y determinados inconvenientes y, a su vez, ventajas, aquí dejo este sentir de este sisanteño que espero sea de tu agrado.
Isidro Jiménez